Puesto de trabajo seguro

Ayudas concedidas por segmento:

Segmento III (0 a 2 empleados) -> 1.000€ de subvención
Meses de prestación de servicio: 12

Requisitos mínimos del dispositivo hadware:

- Procesador: El procesador del dispositivo tendrá un mínimo de 4 núcleos físicos y una velocidad de reloj (CPU clock) máxima (en modo turbo o equivalente) de al menos 2.9 GHz. Su fecha de lanzamiento deberá ser posterior al primer trimestre de 2023.

- Rendimiento: El procesador del dispositivo deberá haber obtenido una puntuación mínima de 15.000 en PassMark Software, con fecha 13/05/2024. Se deberá comprobar el Anexo I. Para procesadores que no consten en el listado por tener fecha de lanzamiento posterior a la fecha del Passmark, será necesario consultar a Red.es a través del buzón consultasPTS@acelerapyme.gob.es

Memoria RAM: el dispositivo deberá de disponer de una memoria de 16GB, tecnología DDR4, DDR5, LPDDR4 o LPDDR5. En el caso de que querer justificar otras tecnologías de memoria RAM, será necesario consultar a Red.es a través del buzón consultasPTS@acelerapyme.gob.es.

- Almacenamiento: el dispositivo deberá proveer un mínimo de 512GB de almacenamiento interno SSD NVMe.


- Sistema operativo: el sistema operativo deberá tener fin profesional. Este se proporcionará conjuntamente con cada dispositivo y vendrá preinstalado y licenciado de fábrica. Se admitirá Microsoft Windows 11 Profesional, Google ChromeOS Enterprise y MacOS 14. En el caso de que querer justificar otros sistemas operativos no contemplados, será necesario consultar a Red.es a través del buzón consultasPTS@acelerapyme.gob.es si dichos sistemas operativos cumplen con fin profesional.

- Tarjeta gráfica: el dispositivo deberá tener una tarjeta gráfica dedicada o integrada, con una resolución mínima Full HD. En caso de portátil, deberá soportar el uso de dos monitores.

- Tarjeta de sonido integrada: el dispositivo deberá tener una tarjeta de sonido integrada.

- Conectividad Inalámbrica: el dispositivo deberá tener una tarjeta de red integrada de conectividad inalámbrica compatible con el estándar Wi-Fi 6 o superior. Asimismo, proveerá conectividad Bluetooth 5.1 o superior.

- Interfaces de entrada/ salida:

  • Al menos 2 puertos USB 3.0 o superior, tipo A.
  • Al menos 1 puerto USB 3.0 o superior, tipo C. En el caso de dispositivos portátiles, al menos uno de ellos con funciones DisplayPort + Power Delivery + USB.
  • Un puerto Ethernet RJ-45 1 Gbps.
  • Un puerto HDMI 1.4 o superior.
  • Audio E/S: Al menos un interfaz jack 3.5 mm combo para auriculares y micrófono.
  • En el caso de ordenador portátil, se admite proporcionar los interfaces mediante dispositivos tipo dock station, replicador de puertos o similar.

- Pantalla: En el caso de que el dispositivo se trate de un ordenador portátil, este deberá disponer de una pantalla de tamaño mínimo de 13 pulgadas.

- Teclado: En el caso de los ordenadores de sobremesa, deberá proveerse un teclado español para asegurar la funcionalidad completa del dispositivo.

- Ratón: Ratón óptico equipado con al menos dos botones y función scroll que asegure la funcionalidad completa del dispositivo. En caso de ordenadores portátiles se aceptará el ratón integrado o touchpad.

- Webcam: Al menos con resolución HD. Cámara web integrada con obturador de privacidad en el caso de ordenadores portátiles.

- Batería: en el caso de portátiles, batería tipo smart battery o similar.

- Lector de tarjetas smartcard (DNI-e): Lector de tarjetas inteligentes que cumpla el estándar ISO-7816. Se admitirá dispositivo integrado o no integrado.

- Certificaciones: En el caso de los ordenadores de sobremesa y portátiles, deberán contar con al menos una certificación de los siguientes tipos:

  • ENERGY STAR®
  • EPEAT™ Silver Registered
  • TCO
  • En el caso de que querer justificar otra certificación no contemplados, será necesario consultar a Red.es a través del buzón consultasPTS@acelerapyme.gob.es.
- Robustez: Certificación MIL STD 810H. Deberán cumplir un mínimo de 5 métodos, entre ellos: alta temperatura, baja temperatura y humedad. En el caso de que querer justificar otros procedimientos y métodos diferentes a los establecidos por MIL STD 810H, será necesario consultar a Red.es a través del buzón consultasPTS@acelerapyme.gob.es si dichos procedimientos cumplen este requisito.

- Los equipos utilizados no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65/UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo. En estas adquisiciones se activarán medidas para asegurar la compra de aquellos equipos energéticamente eficientes, que sean absolutamente respetuosos con el “Code of Conduct for ICT” de la Comisión Europea, y se tomarán medidas para que aumente la durabilidad, la posibilidad de reparación, de actualización y de reutilización de los
productos, de los aparatos eléctricos y electrónicos implantados. Al finalizar la vida útil de la tecnología digital adquirida deberá ser tratada de acuerdo con la legislación vigente (incluyendo que los equipos se someterán a una preparación para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el anexo VII de la Directiva 2012/19/UE) y no tendrá un impacto negativo sobre los objetivos medioambientales. 

- Con el objeto de facilitar las labores de soporte, se admitirá la gestión remota de equipos informáticos mediante soluciones MDM, plataformado de equipos, recuperación automática o similares, permitiendo la gestión remota, restauración y funcionamiento óptimo del equipo. En tal caso, se deberá asegurar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de protección de datos y garantía de los derechos digitales, así como la normativa que resulte aplicable para estos sistemas. La información recopilada en tales casos será la mínima imprescindible para poder prestar el servicio de soporte. 

En el caso particular de los ordenadores de sobremesa:

- Monitor: En el caso de los ordenadores de sobremesa, si no dispone de monitor integrado, deberá proveerse un monitor que cumpla como mínimo con los siguientes requisitos:

  • Tamaño: El monitor deberá tener una pantalla de un mínimo de 23 pulgadas.
  • Resolución: El monitor deberá tener una resolución mínima de Full HD.
  • Tecnología de visualización: El monitor deberá tener una tecnología de visualización LCD o LED. En el caso de que querer justificar otra tecnología de visualización, será necesario consultar a Red.es a través del buzón consultasPTS@acelerapyme.gob.es.
  • Interfaces: Al menos, 1 HDMI.
  • Etiqueta energética: El monitor deberá disponer de la etiqueta energética de la Unión Europea. 

- Cableado: Se incluye el cableado para la alimentación de los dispositivos, así como cable HDMI para la conexión ordenador-monitor, si aplica. 

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