INFORMACIÓN GENERAL
¿QUIÉN CONVOCA LA AYUDA?
CDTI - Centro Desarrollo Tecnológico Industrial
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA?
Los proyectos de Investigación y Desarrollo son proyectos empresariales de carácter aplicado para la creación y mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio presentados por una única empresa o por una agrupación empresarial. Dichos proyectos pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental.
Se distinguen las siguientes categorías:
- Proyectos I+D individuales: proyectos nacionales presentados por una única empresa.
- Proyectos I+D en cooperación: proyectos nacionales presentados por un consorcio de un mínimo de 2 y un máximo de 6 empresas, al menos dos de ellas autónomas.
- Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Europea.
- Proyectos en Cooperación Tecnológica Internacional.
- Proyectos de I+D de Capacitación Tecnológica Internacional.
- Proyectos de I+D de Tecnologías Duales
¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?
- PYME
- Gran empresa
SECTOR
- Innovación
- I+D
- Industria
ÁMBITO GEOGRÁFICO
Nacional
¿A PARTIR DE CUÁNDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?
01/01/2022
¿HASTA CUANDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?
31/12/2030
CONDICIONES PARTICULARES
1- IMPORTE
IMPORTE TOTAL DE LA CONVOCATORIA:
175.000,00 €
TIPO DE FINANCIACIÓN:
Productos Mixtos
IMPORTE MÍNIMO:
IMPORTE MÁXIMO:
DESCRIPCIÓN DE LA FINANCIACIÓN:
Las condiciones de los préstamos son:
- Importe mínimo financiable: 175.000 euros.
- Tipo de interés fijo: Euribor 1 año
- Préstamo de hasta el 85% del presupuesto presentado
- Devolución: 10 o 15 años incluyendo una carencia entre 2 y 3 años
- Existen anticipos del 35% de la ayuda con el límite de 250.000 euros, sin exigencias de garantías adicionales.
La empresa deberá financiar al menos el 15% del presupuesto del proyecto con recursos propios.
Tramo no reembolsable entre el 20% y el 33% en función del tamaño de la empresa y tipo de proyecto. Este debe tener una duración de entre 12 y 36 meses si son individuales. De 48 si pertenece a cualquiera de las otras categorías.
Pyme:
- Proyectos de I+D con fondos FEDER: Hasta el 30%
- Proyectos de I+D en cooperación tecnológica: Hasta el 33%
- Proyectos de I+D no incluidos en las categorías anteriores: Hasta el 30%
- Proyectos de I+D con fondos FEDER: Hasta el 30%
- Proyectos de I+D en cooperación tecnológica: Hasta el 33%
- Proyectos de I+D no incluidos en las categorías anteriores: Hasta el 20%
Para beneficiarse de la medida, el pago de la amortización debe realizarse en un plazo máximo de cuatro meses desde su vencimiento.
Además, también se podrá solicitar una exención de garantías. Los límites de exención de garantías se computarán a nivel de empresa o grupo empresarial, en su caso.
Con carácter general, estos límites (denominados COVID-reactivación) son los siguientes:
- Exención de garantías hasta 500.000 euros para pequeñas empresas.
- Exención de garantías hasta 1.000.000 euros para medianas empresas.
- Exención de garantías hasta 3.000.000 euros para empresas de mediana capitalización.
En el caso de proyectos de I+D+I relacionados con los productos señalados como “de emergencia” por el Gobierno ante la crisis del COVID-19, se aplicarán unos límites mayores a la exención de garantías (denominados COVID-emergencia):
- 1.000.000 euros para pequeñas empresas.
- 2.000.000 euros para medianas empresas.
- 6.000.000 euros para empresas de mediana capitalización.
2 - DESTINO FINANCIACIÓN Y ACCESO
ELEMENTOS A FINANCIAR:
Todos los gastos apoyados se han de destinar en exclusiva o derivar directamente de la actividad de I+D apoyada.
- Gastos de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto de investigación).
- Costes de instrumental y material.
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado.
- Costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto (excluidos los costes de consultoría asociados a la solicitud del proyecto).
- Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto de investigación.
- Otros gastos de explotación, incluidos costes de material, suministros y productos similares.
- Gasto derivado del informe realizado por el auditor.
- Gasto derivado de la obtención de un informe de valoración del cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH).
Se pueden subcontratar determinadas actividades del proyecto a otras empresas o a organismos de investigación.