INFORMACIÓN GENERAL
Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA?
Conceder subvenciones a las empresas que realicen una inversión productiva que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, para impulso de la Zona Margen Izquierda Ampliada y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 5 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Grandes Empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que cumplan con la característica de ser industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial así como, las que ofrecen servicios vinculados a infraestructuras digitales y las de servicios logísticos, excluido el transporte, cuyas inversiones objeto de la ayuda se localicen en la Zona Margen Izquierda Ampliada de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En los municipios con una tasa de desempleo superior al 5 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco, solo se subvencionarán las inversiones que hagan las Pequeñas y medianas Empresas (Pymes).
¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?
● PYME
● Gran Empresa
SECTOR
● Industria
ÁMBITO GEOGRÁFICO
Autonómico - País Vasco
¿A PARTIR DE CUÁNDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?
10/04/2024
¿HASTA CUANDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?
28/06/2024
CONDICIONES PARTICULARES
1- IMPORTE
IMPORTE TOTAL DE LA CONVOCATORIA:
20.000.000,00 €
TIPO DE FINANCIACIÓN:
Subvención a fondo perdido.
IMPORTE MÁXIMO:
3.000.000,00 €
PORCENTAJE DE SUBVENCIÓN A FONDO PERDIDO:
20,00 %
DESCRIPCIÓN DE LA FINANCIACIÓN:
El presupuesto global destinado a esta convocatoria asciende a 20.000.000 €.
La inversión mínima subvencionable será de 1.500.000 € para las grandes empresas y de 200.000 € en el caso de las Pymes.
También se considerarán las inversiones de las empresas que, aunque no alcancen los mínimos de inversión admitida indicados, generen un mínimo de 25 empleos netos, en el caso de grandes empresas, y un mínimo de 5 empleos netos, en el caso de Pymes.
Asimismo, los recursos propios de la empresa, excluidas las subvenciones, deberán alcanzar, al menos, el 25 % del importe de la inversión considerada subvencionable.
La intensidad de las subvenciones será la siguiente:
● El 10 % de la inversión susceptible de apoyo para las grandes empresas.
● El 15 % de la inversión susceptible de apoyo para las pymes.
● Esta intensidad se verá incrementada en cinco puntos porcentuales (5 %) en el caso de pymes que realicen inversiones en los municipios situados en la Zona Margen Izquierda Ampliada de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Las subvenciones tendrán un límite máximo que, en ningún caso, podrá superar la cantidad de 3.000.000 € por empresa.
Se realizará un primer pago, anticipado, del 5 % del importe de la subvención concedida, tras la aceptación de la ayuda o en el plazo de 15 días tras la notificación de la resolución de concesión.
2 - DESTINO FINANCIACIÓN Y ACCESO
ELEMENTOS A FINANCIAR:
Se considera inversión subvencionable la adquisición de los activos fijos siguientes que se incorporen al activo de la empresa:
● Propiedad Industrial y Patentes.
● Aplicaciones informáticas.
● Terrenos y Bienes naturales.
● Construcciones.
● Instalaciones técnicas.
● Maquinaria.
● Utillaje.
● Otras instalaciones.
● Equipos para procesos de información.
Asimismo, se incluyen como activos subvencionables los almacenes de logística.