AGENCIA VASCA DEL DESARROLLO EMPRESARIAL 


FICHA INFORMATIVA

programa de ayudas "Smart industry" 2024 

INFORMACIÓN GENERAL

¿QUIÉN CONVOCA LA AYUDA?

SPRI. Agencia Vasca del Desarrollo Empresarial

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA?

Apoyar proyectos que incorporen tecnologías asociadas al concepto de Smart Industry como pueden ser, entre otras: la inteligencia artificial, la ciberseguridad, la computación cuántica, el 5G o el cloud computing, y que se encuentren en fase de desarrollo experimental implementados por «proveedores tecnológicos» hacia empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, que tengan un efecto de demostración y que permitan, por lo tanto, acelerar la transferencia al mercado de los resultados de los proyectos de I+D en Tecnologías de Electrónica, informática y comunicaciones (TEICs).

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos: 

● Dispongan de un centro de actividad (industrial o de servicios conexos ligados al productoproceso industrial, o bien cualquier actividad económica para el caso de actuaciones. relacionadas con la tecnología 5G) en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
● Figuren de alta el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco. 

Estas ayudas se concederán conforme al procedimiento de concesión sucesiva de las
solicitudes correctamente recibidas. 

¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?

● PYME

SECTOR

● Artístico/Musical
● Social/Cultural 

ÁMBITO GEOGRÁFICO

Nacional

¿A PARTIR DE CUÁNDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?

17/01/2024

¿HASTA CUANDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?

31/12/2025

CONDICIONES PARTICULARES

1- IMPORTE

IMPORTE TOTAL DE LA CONVOCATORIA:

3.700.000,00 €

TIPO DE FINANCIACIÓN:

Subvención a fondo perdido

IMPORTE MÁXIMO:

300.000,00 €

DESCRIPCIÓN DE LA FINANCIACIÓN:

El presupuesto global destinado a esta convocatoria asciende a 3.700.000 €. 

Para que un proyecto sea objeto de subvención, deberá presentar un presupuesto total mínimo de 50.000 €. 

Con carácter general, la cuantía de la ayuda será del 25 % de los gastos subvencionables aprobados del proyecto. 

Esta cuantía se incrementará, adicionalmente, en un 15 % cuando el proyecto implique una
colaboración efectiva entre una empresa y uno o varios, centros tecnológicos que consten
debidamente registrados en el registro público que les corresponda conforme con la
normativa que les sea de aplicación registrados, que asuman, como subcontratistas, como
mínimo el 10 % de los costes subvencionables y conserven el derecho a publicar los resultados
de su propia investigación.
Los proyectos tendrán un límite de subvención de 150.000 € por proyecto. Para proyectos
relacionados exclusivamente con el ámbito de 5G, el límite máximo de subvención por
proyectos ascenderá a 300.000 €.
La subvención máxima anual por empresa para la realización de una o más actuaciones
subvencionables a lo largo del ejercicio para este programa de ayudas será de 200.000 €. Este

2 - DESTINO FINANCIACIÓN Y ACCESO

ELEMENTOS A FINANCIAR:

Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables los Proyectos de Desarrollo Experimental que aborden la incorporación de las tecnologías asociadas al concepto de Smart Industry como Inteligencia Artificial, Ciberseguridad, Computación Cuántica, 5G o Cloud Computing entre otras, y que se encuentren en fase de Desarrollo Experimental, que tengan un efecto de demostración y que permitan por lo tanto acelerar la transferencia al mercado de los resultados de los proyectos de I+D en TEICs.

Los Proyectos deberán estar relacionados con alguna de las siguientes áreas, dentro del ámbito de los CPSs (Cyber Physical Systems) aplicados a la fabricación avanzada: 

● Ciberseguridad.
● Cloud Computing.
● Inteligencia Artificial.
● Computación Cuántica.
● Robótica colaborativa.
● Realidad aumentada/Virtual/Mixta.
● Sensórica, IoT, Comunicaciones Industriales.
● Diseño y fabricación aditiva en materiales metálicos y avanzados (cerámicas, composites, etc.).
● Proyectos de materiales y procesos avanzados.
● Proyectos de implantación de tecnologías 5G. 

Tendrán la consideración de gastos e inversiones elegibles los siguientes conceptos:
● Gastos de dedicación horaria del «Proveedor Tecnológico».
● Gastos de dedicación horaria del «implantador».
● Gastos de adquisición de la Propiedad Industrial.
● Gastos en hardware y licencias de software.
● Gastos de personal interno de la empresa beneficiaria imputados al proyecto objeto de subvención, admitiéndose un coste máximo elegible hasta un valor de 30 €/hora.

 
El proyecto deberá iniciarse una vez presentada de la solicitud de ayuda y tener una duración máxima de 16 meses.


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