Instituto Valenciano de Finanzas


FICHA INFORMATIVA

Préstamo Subordinado del Programa
Comunitat Valenciana FEDER 2021-2027

INFORMACIÓN GENERAL

¿QUIÉN CONVOCA LA AYUDA?

IVF - Instituto Valenciano de Finanzas

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA?

Conceder préstamos bonificados a grandes empresas cuya sede, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana. Se distinguen dos tipos de inversiones financiables:

  • Operaciones de inversión
  • Operaciones de circulante


El Institut Valencià de Finances (IVF) podrá otorgar financiación de inversión y circulante a empresas de producción de fritas y esmaltes o fabricación de pavimento y revestimiento cerámico, que operen en sectores con código 2030, 2059, 2320, 2331, 2349 o 2399 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009. 

Adicionalmente, el IVF podrá otorgar financiación de inversión a empresas que operan en sectores industriales (CNAEs 10 a 33). 

No podrán ser beneficiarias las entidades de derecho público, las universidades públicas, los organismos autónomos, las empresas públicas, las sociedades mercantiles públicas entendiendo por tales aquellas en las que más de la mitad del capital social pertenezca directa o indirectamente a una Administración pública, las Fundaciones públicas, y las sociedades participadas mayoritariamente por éstas.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?

  • Gran Empresa

SECTOR

  • Innovación
  • Industria

ÁMBITO GEOGRÁFICO

Autonómico - Comunidad Valenciana

¿A PARTIR DE CUÁNDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?

27/01/2024

¿HASTA CUANDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?

15/05/2024

CONDICIONES PARTICULARES

1- IMPORTE

IMPORTE TOTAL DE LA CONVOCATORIA:

130.000.000,00 €

TIPO DE FINANCIACIÓN:

Préstamos Públicos 

IMPORTE MÁXIMO:

2.250.000,00 €

DESCRIPCIÓN DE LA FINANCIACIÓN:

El importe global destinado a esta convocatoria asciende a 130.000.000 €. 

El importe bonificable de cada proyecto empresarial presentado se determinará a partir del importe total de los costes que tengan la consideración de gastos financiables. 

Los préstamos bonificados presentan las siguientes características:

Valor nominal del préstamo: será inferior o igual a 2.250.000 €, teniendo en cuenta que en las operaciones que financien la adquisición de activos fijos, el valor nominal del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80% del valor de la inversión. 

Plazo de amortización:

  • En operaciones de inversión, se situará entre un mínimo de 5 años y un máximo de 10, con posibilidad de un periodo de carencia de amortización de capital de hasta 2 años, incluido en ese plazo.
  • En operaciones de circulante, el plazo de vencimiento no podrá ser inferior a 2 años, ni superior a 4 años, sin limitaciones para el periodo de carencia de capital, pudiendo incluso el IVF plantear operaciones “bullet”, con reembolso del 100% del principal en la última cuota trimestral del préstamo.
Tipo de interés: será fijo durante toda la vida del préstamo y equivalente al 3,03%.

Comisión de apertura: por valor de 10.000 € para operaciones de hasta 1.000.000 €; y por valor de 15.000 € para operaciones de importe superior a 1.000.000 €. 

Tramo no reembolsable (TNR): por importe equivalente al 10% del valor nominal de la operación en operaciones de inversión y al 5% en operaciones de financiación del capital circulante. Se otorgará una bonificación adicional del 10% a operaciones que tengan como beneficiarios a empresas que operen en sectores con código 2030, 2059, 2320, 2331, 2349 o 2399 de la CNAE 2009. 

Las liquidaciones de intereses serán trimestrales, los días 15 de marzo, junio, septiembre y diciembre. 

2 - DESTINO FINANCIACIÓN Y ACCESO

ELEMENTOS A FINANCIAR:

Se considerarán gastos subvencionables aquellos que consistan o bien en la adquisición de activos fijos, o bien en el sostenimiento del capital circulante. 

En el caso de inversiones en activos fijos, serán gastos elegibles los siguientes: 

  • Adquisición y construcción de naves industriales, locales e instalaciones para el desarrollo de la actividad principal de la empresa, incluyendo la adquisición y acondicionamiento de terrenos siempre que su valor de tasación no supere el 10 % del coste total estimado para el proyecto de inversión.
  • Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red.
  • Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
  • Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
  • Mobiliario.
  • Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación.
  • Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los
  • derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas. 

Se considerará gasto elegible en capital circulante todo incremento del fondo de maniobra de la empresa, definido como la diferencia entre el activo y el pasivo corriente del balance, que se haya producido en el ejercicio cerrado en el que se haya dispuesto de la financiación.

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