INFORMACIÓN GENERAL
Ministerio de Universidades
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA?
Las Deducciones Fiscales por I+D+i tienen como objetivo premiar el esfuerzo que realizan las empresas en el desarrollo de actividades innovadoras reduciendo el pago de Impuesto sobre Sociedades.
Las deducciones por actividades de I+D+I son compatibles con las ayudas que se reciban para las mismas actividades que son objeto de deducción. Únicamente será necesario restar de la base de la deducción las subvenciones reconocidas como ingreso.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?
- PYME
- Gran Empresa
SECTOR
- I+D
- Innovación
ÁMBITO GEOGRÁFICO
Nacional
¿A PARTIR DE CUÁNDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?
01/02/2023
¿HASTA CUANDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?
25/07/2024
CONDICIONES PARTICULARES
1- IMPORTE
IMPORTE TOTAL DE LA CONVOCATORIA:
1,00€
TIPO DE FINANCIACIÓN:
Deducción
IMPORTE MÁXIMO:
0,00€
DESCRIPCIÓN DE LA FINANCIACIÓN:
Los incentivos fiscales están basados en deducciones en el impuesto de sociedades, es decir, minorar la cuantía del impuesto que hay que pagar por los beneficios empresariales.
El potencial de Deducción Fiscal de este incentivo asciende a un 12% para proyectos de IT (novedad en la empresa pero no a nivel de sector) hasta un 59% del gasto incurrido en proyectos de I+D (novedad en la empresa y sector). De este modo, las empresas maximizan sus beneficios obtenidos por la realización de actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
NOTA: Al tratarse de una deducción fiscal no existe una cuantía máxima deducible ni un presupuesto para una anualidad.
2 - DESTINO FINANCIACIÓN Y ACCESO
ELEMENTOS A FINANCIAR:
Los gastos sobre los que se aplicará la deducción son los siguientes:
● Gastos de personal de la empresa que desarrolla el proyecto.
● Amortización del inmovilizado material (equipos de laboratorio).
● Material fungible: materias primas y materiales consumibles.
● Colaboraciones externas con Universidades, organismos públicos o centros de innovación.