INFORMACIÓN GENERAL
IDAE - Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA?
Esta ficha es informativa y está sujeta a cambios en su normativa conforme se publiquen
las bases y la convocatoria del programa.
Identificar los retos y oportunidades para el desarrollo del biogás en España, aportando una serie de líneas de acción destinadas a impulsar la acción inversora. Se pretende favorecer un cambio en el modelo productivo de nuestro país, la generación de empleo y el impulso a la actividad económica, en un contexto de recuperación económica tras la pandemia.
El desarrollo del biogás tiene como objetivo por un lado dar tratamiento a residuos que de otra forma no lo tendrían, pero también aprovechar para generar una energía térmica con una gran versatilidad, todo ello a través de dos programas de incentivos.
Los beneficiarios/as a los que va dirigido cada programa de incentivos son los siguientes:
- El programa de incentivos 1 está dirigido a los beneficiarios/as que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado. Se considerarán también beneficiarios/as los consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia.
- El programa de incentivos 2 está dirigido a beneficiarios/as que no realicen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo entre los mismos, personas jurídicas públicas que cumplan con los requisitos establecidos por la Comisión Europea para ser entidades no generadoras de actividad económica.
Estas ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y, además de los factores económicos y tecnológicos, se valorará el impacto positivo en zonas de Transición Justa y Reto Demográfico y la participación de pymes, entre otros.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?
- Autónomo
- PYME
- Gran Empresa
- Otros (sociedades no mercantiles)
SECTOR
- Energía
- I+D
ÁMBITO GEOGRÁFICO
Nacional
¿A PARTIR DE CUÁNDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?
Pendiente de próxima convocatoria
¿HASTA CUANDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?
Pendiente de próxima convocatoria
CONDICIONES PARTICULARES
1- IMPORTE
IMPORTE TOTAL DE LA CONVOCATORIA:
150.000.000,00 €
TIPO DE FINANCIACIÓN:
Subvención a fondo perdido
DESCRIPCIÓN DE LA FINANCIACIÓN:
Se prevé destinar un presupuesto de 150 millones de euros para el desarrollo del biogás en diferentes sectores de la economía y de la administración pública, existiendo la posibilidad de ampliaciones.
El importe de la ayuda se establecerá en función de los costes subvencionables de las actuaciones objeto de los mismos, del tipo de materia prima a utilizar y de la aplicación energética según los límites de intensidad de ayuda establecidos. Se prevén los siguientes límites de intensidad de ayuda:
TABLA
Se podrán otorgar los siguientes porcentajes de ayudas adicionales acumulables:
- Ayuda Adicional por proyectos ubicados en zonas de reto demográfico y/o zonas de transición justa: entre 0 y 5 %.
- Ayuda Adicional por el tamaño de empresa:
- Mediana empresa: entre 0 y 10%.
- Pequeña empresa: entre 0 y 20%.
Se podrán otorgar los siguientes porcentajes de ayudas adicionales acumulables:
- Ayuda Adicional por proyectos ubicados en zonas de reto demográfico y/o zonas de transición justa: entre 0 y 5 %.
- Ayuda Adicional por el tamaño de empresa:
- Mediana empresa: entre 0 y 10%.
- Pequeña empresa: entre 0 y 20%.
2 - DESTINO FINANCIACIÓN Y ACCESO
ELEMENTOS A FINANCIAR:
Serán subvencionables aquellos proyectos singulares de instalaciones de biogás y biometano de todo el territorio nacional que contribuyan a descarbonizar distintos sectores de la economía y que permitan aumentar la protección medioambiental. Tendrán que contemplar una o varias de las actuaciones siguientes:
- Instalaciones de producción de biogás mediante digestión anaerobia.
- Instalaciones para producción de calor/frío, generación de energía eléctrica, cogeneración, o producción de biometano.
- Instalaciones para tratamiento del digerido.
Las instalaciones deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80 % en el caso de producir electricidad o calor, e igual o superior al 65 % en el caso de producir biometano para uso en transporte.
Los proyectos deberán estar finalizados antes del 30 de junio de 2026 y tendrán que respetar el principio de “no causar un daño significativo” al medioambiente