Fundación Biodiversidad


FICHA INFORMATIVA

Ayudas para el impulso de la Economía Circular
en el sector textil, de la moda y confección y del
calzado - PERTE Economía Circular

INFORMACIÓN GENERAL

¿QUIÉN CONVOCA LA AYUDA?

Sociedad Estatal de Participaciones Industriales.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA?

Financiar empresas, en concreto a sociedades mercantiles y sociedades cooperativas, constituidas con domicilio social y establecimiento en España, que no formen parte del sector público, que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, con independencia de su tamaño. 

Este fondo se configura como la evolución del programa REINDUS del Ministerio de Industria, adaptándose mejor a los requerimientos de la financiación de la actividad industrial. 

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas cuyos proyectos se encuadren en alguna de las siguientes actividades: 

  • Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).
  • Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla).
  • Actividades complementarias a la producción industrial. Se entenderá que se trata de actividades complementarias a la producción industrial, si se llevan a cabo mayoritariamente como servicios de apoyo a empresas manufactureras (incluidas en las CNAE 10 a 32) en sus procesos de producción industrial.
  • Actividades de envasado y empaquetado a escala industrial encuadradas en la CNAE 82.92, con excepción de las actividades de embalaje de paquetes y la envoltura de regalos.
  • Actividades de depósito y almacenamiento a escala industrial incluidas en la CNAE 52.10, a excepción de los servicios de digitalización y almacenamiento de archivos y documentos.
  • Actividades de reparación a escala industrial de maquinaria y equipo encuadradas en la división 33 de la sección C de la CNAE, siempre y sólo cuando se proporcionen dichos servicios mayoritariamente a la industria manufacturera, a alguna de las actividades encuadradas en la CNAE 35 o a las actividades de tratamiento de aguas para uso industrial o de desalinización de agua de mar o aguas subterráneas para obtener agua como producto principal, encuadradas en la CNAE 36.
  • Actividades de servicios a la industria:
    • Diseño industrial.
    • Ensayos y análisis técnicos encuadrados en la CNAE 71.20, siempre y sólo cuando se proporcionen dichos servicios mayoritariamente a la industria manufacturera.
La convocatoria se mantendrá abierta hasta agotar presupuesto. 

¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?

  • PYME
  • Gran Empresa 

SECTOR

  • Industria
  • Economía Circular

ÁMBITO GEOGRÁFICO

Nacional

¿A PARTIR DE CUÁNDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?

01/01/2023

¿HASTA CUANDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA?

31/12/2024

CONDICIONES PARTICULARES

1- IMPORTE

IMPORTE TOTAL DE LA CONVOCATORIA:

97.500.000,00 €

TIPO DE FINANCIACIÓN:

Subvención a fondo perdido

IMPORTE MÍNIMO:

100.000,00 €

IMPORTE MÁXIMO:

10.000.000,00 €

PORCENTAJE DE SUBVENCIÓN A FONDO PERDIDO:

60,00 %

DESCRIPCIÓN DE LA FINANCIACIÓN:

La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 97.500.000 €. 

El importe mínimo de las ayudas concedidas por proyecto y entidad será de 100.000 € y el máximo de 10.000.000 €. 

En el caso de los estudios de viabilidad y en los proyectos de digitalización la ayuda máxima por proyecto será de 5.000.000 €. 

Ninguna de las entidades beneficiarias podrá recibir más de 10.000.000 € por convocatoria, independientemente del número de proyectos que ejecute en cada una de ellas.

Para los proyectos presentados por una agrupación el importe mínimo a recibir por cada una de las entidades que la forman deberá ser, como mínimo, de 100.000 € de ayuda.


Intensidad de la ayuda:

a. Para los proyectos de investigación y desarrollo, la intensidad de ayuda para cada
beneficiaria será:

  • Del 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial.
  • Del 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.
  • Del 50 % de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.
b. Para los proyectos de digitalización para innovar en materia de procesos y organización, la intensidad será:
  • Del 50 % de los costes subvencionablesde microempresas y PYMEs.
  • Del 15 % de los costes subvencionables de grandes empresas (no PYME).
c. Para el incremento del nivel de protección medioambiental, la intensidad de ayuda será:
  • Del 60 % de los costes subvencionables de pequeñas empresas y microempresas.
  • Del 50 % de los costes subvencionables de medianas empresas.
  • Del 40 % de los costes subvencionables de empresas no PYME.
d. Para la mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros, la intensidad de
ayuda será:
  • Del 55 % de los costes subvencionables de pequeñas empresas y microempresas.
  • Del 45 % de los costes subvencionables de medianas empresas.
  • Del 35 % de los costes subvencionables de empresas no PYME.
Se podrá solicitar un anticipo de hasta un 80% de la subvención concedida.

2 - DESTINO FINANCIACIÓN Y ACCESO

ELEMENTOS A FINANCIAR:

Serán subvencionables las actuaciones que, en los sectores del textil y la moda y del plástico, reduzcan el consumo de materias primas vírgenes, reduzcan la generación de residuos y/o mejoren la gestión de residuos, contribuyendo de forma sustancial a la transición hacia unaeconomía circular en una de las siguientes categorías:

1. Investigación y desarrollo. Dentro de esta linea de actuación se financiarán:

  • Ecodiseño de productos y procesos para: el desarrollo de nuevos materiales con bajo impacto ambiental por proceder de materias primas secundarias, por mejorar la reciclabilidad o por tener una mayor eficiencia en el uso de materia prima sin comprometer su durabilidad y reciclabilidad; alargar su vida útil y mejorar su reparabilidad y reciclabilidad; abordar la liberación no intencionada de microplásticos de los productos textiles en todo su ciclo de vida; sustituir productos químicos por enzimas y/o sustituir sustancias peligrosas y sustancias extremadamente preocupantes.
  • Mejora de la gestión de residuos textiles.

2. Digitalización para innovar en materia de procesos y organización. Irán destinadas al menos a una de las siguientes subcategorías:

  • La trazabilidad de productos, sustancias, materiales y residuos para la medición, el control y seguimiento con la finalidad de alcanzar productos seguros e incrementar el volumen de reciclaje de alta calidad que incluya información sobre la tipología y características de los materiales, sustancias peligrosas y extremadamente peligrosas.
  • Nuevos modelos de negocio basados en la digitalización como instrumento para procesos de servitización, esto son, los procesos que hacen referencia al modelo de negocio en el que los consumidores pagan por un servicio para cubrir una necesidad específica, en lugar de tener la propiedad del producto.
  • Servicios de retorno de productos usados para reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos.
3. Incremento del nivel de protección medioambiental de la entidad beneficiaria.

  • Inversiones que reduzcan la generación de mermas y residuos pre-consumo y/o que supongan una mejora respecto a la situación actual del tratamiento de residuos generados por la beneficiaria.
  • Inversiones que reduzcan el consumo de materia prima virgen mediante el uso de subproductos o materiales procedentes de residuos.
  • Inversiones que reduzcan el consumo de materia prima virgen mediante el incremento en la eficiencia del uso de materiales sin comprometer su durabilidad y reciclabilidad. Queda excluida la eficiencia energética e hídrica.
  • Sustitución de fibras y materiales por otros con un menor impacto ambiental demostrado basado en el análisis del ciclo de vida. Se incluye el empleo de fibras naturales con menores necesidades de productos agroquímicos durante su cultivo.
  • Desarrollo o cambio hacia modelos de negocio basados en la servitización y/o en productos de mayor calidad y durabilidad que ofrezcan garantías de reparabilidad y reciclabilidad.
  • Medidas para abordar la liberación no intencionada de microplásticos de los productos textiles en todo su ciclo de vida. Además de en el diseño de los productos, las medidas se centrarán en los procesos de fabricación y el prelavado en las plantas de fabricación industrial.
  • Sustitución de sustancias peligrosas y de sustancias extremadamente preocupantes en materiales y productos.
  • Sustitución de productos químicos por enzimas.
  • Incorporación de los criterios ecológicos establecidos en la Decisión de la Comisión, de 5/06/2024 para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los productos textiles (DOUE L 174/45, de 13/06/2014).
4. Mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros. Estas actuaciones irán destinadas a la preparación para la reutilización, reciclado y valorización de residuos generados por entidades diferentes de la beneficiaria. Deberán ir más allá del estado actual de la técnica.

  • Inversiones en sistemas e infraestructuras que mejoren la clasificación del residuo textil.
  • Inversiones en sistemas e infraestructuras que impulsen la preparación para la reutilización.
  • Desarrollo de sistemas e infraestructuras de tratamiento de residuos que permita incrementar y optimizar la obtención de material reciclado de alta calidad, generando nuevas materias primas que se usen en nuevos productos (se excluye el uso para combustibles).

Las actuaciones de reciclado químico y termoquímico sólo serán subvencionables cuando no gestionen residuos textiles susceptibles de preparación para la reutilización o de reciclado mecánico, y cuando ofrezcan un factor de conversión respecto a la producción de sustancias de al menos un 40% expresado en peso de los residuos textiles. 

La convocatoria incluye la adquisición de herramientas digitales con el propósito de disminuir la generación de residuos pre-consumo desde el prototipado hasta el stock muerto pasando por retales de corte, sobrantes de producción, etc., y residuos post-consumo generados por ejemplo en las devoluciones de la ropa; así como fomentar la fabricación personalizada por encargo y, por ende, mejorar la eficiencia de los procesos industriales y reducir la huella de carbono. 

Quedan incluidos dentro del objeto de esta convocatoria los proyectos dirigidos a los productos detallados en el anexo I de la presente convocatoria en cualquiera de los estados del proceso productivo (“bruto”, “semielaborado”, “elaborado”, “semimanufacturado”, “manufacturado”, “semiconfeccionado” o “confeccionado”); así como a sus materias primas, productos intermedios y residuos.

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